El "anvés" y el "revés" de la Sentencia del TC sobre el Estatuto de Cataluña

Como tiene ochocientas ochenta y una hojas, no puede uno por menos examinar una por una, poniéndola al trasluz, para poder apreciar mejor la nervatura de su entramado.

Desde luego, al revés de la primera hoja bien se puede anotar la estructura del conjunto. 140 antecedentes, 147 FJ (Fundamentos Jurídicos), 4 apartados del Fallo, (con 6 votos conformes menos el 2º apartado que cuenta con 8). Todo en un volumen de 681 hojas dina 4, mas 200 hojas más de los 5 Magistrados que se añaden como voto particular disconforme, (don Vicente Conde Martín de Hijas (58 hojas), don Javier Delgado Barrio (59 hojas), don Eugeni Gay Montalvo (10 hojas) y don Jorge Rodríguez Zapata Pérez (34 hojas) y don Ramón Rodríguez Arribas (36 hojas).
Una vez revisadas todas las hojas, lo que se detecta claramente es la demora en la resolución aparecida después de cuatro años, demora que para el Magistrado disconforme don Jorge Rodríguez –Zapata Pérez es sintomático de los “serios problemas” que han tenido los conformistas para “argumentar su tesis”. (pág. 811) El contraste de la hoja 811 es más que translúcido, radiactivo, pues lo mismo afecta a conformistas como a inconformes.


Al “revés” de la 1ª hoja se transluce que todos los Magistrados en Pleno, doña María Emilia Casas Baamonde, Presidenta, don Guillermo Jiménez Sánchez, don Vicente Conde Martín de Hijas, don Javier Delgado Barrio, doña Elisa Pérez Vera, don Eugeni Gay Montalvo, don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, don Ramón Rodríguez Arribas, don Pascual Sala Sánchez y don Manuel Aragón Reyes, (las cursivas son Magistrados disconformes), hablan EN NOMBRE DEL REY.


Al “revés” de la 2ª hoja se perfila el Magistrado don Eugeni Gay Montalvo (también discrepante) que para su constancia en autos, hizo constar su oposición a la admisión a trámite del recurso en la forma en que se había efectuado.


El “revés” de la 3ª hoja, se retrotrae a la 2ª, por insertar que a la fecha de presentación del recurso, relato histórico anterior, con la misma fecha de la demanda, 31 de julio de 2006, el Comisionado de los Diputados recurrentes, presentó un escrito promoviendo la recusación del Magistrado de este Tribunal don Pablo Pérez Tremps. En román paladino “me someto a la jurisdicción del tribunal si ese Magistrado no interviene”


Recusación que corresponde resolver al Magistrado don Javier Delgado Barrio, y Ponente del mismo al Magistrado don Jorge Rodríguez-Zapata el 5 de febrero de 2007 en que el Pleno dictó Auto 26/2007 acordando estimar la recusación formulada, por apreciar la concurrencia de la causa 13 del art. 219 LOPJ.


Formularon Votos particulares concurrentes los Magistrados Sr. Conde Martín de Hijas y Sr. Rodríguez-Zapata Pérez y Votos particulares discrepantes la Sra. Presidenta y los Magistrados Sra. Pérez Vera, Sr. Gay Montalvo, Sr. Sala Sánchez y Sr. Aragón Reyes.


Si la hoja 3ª es recusatoria la 4ª en pleno es contra-recusatoria de los recusadores, que llega hasta recusar a la misma Presidenta, ponente doña María Emilia Casas Baamonde. Un perfecto claro oscuro de la sentencia.


Los Antecedentes propiamente, terminan en la hoja 5ª, disponiéndose a partir del nº 10 a trasladar al mismo apartado (antecedentes) el total numerado de 140. El que quiera leérselos que se los lea, pero debería leérselos al menos para concurrir en lo que dicen con la demanda, los firmantes de la misma, pues algunos como quedan recogidos en los Antecedentes, sonroja haberlos argüido, tras los fundamentos jurídicos del Fallo. Véase si no como ejemplo en la pág. 529.


A partir de la página 449, vienen los 147 Fundamentos Jurídicos de la Sentencia, que desde el primero hasta el último, recuerda, por la fechas de las Sentencias en que se fundamentan, a los insignes Magistrados que fueron de la época entre todos el Presidente don Manuel García-Pelayo y Alonso y D. Francisco Tomás y Valiente. La STC 36/1981 de 12 de noviembre es de ellos y las páginas 462 a 464, 469, 470, trasunto espejo de concurrencia que doña María Emilia Casas Baamonde, como Ponente, y los Magistrados don Guillermo Jiménez Sánchez doña Elisa Pérez Vera, don Pascual Sala Sánchez y don Manuel Aragón Reyes, han fijado consecuentes con la enseñanza recibida. Enhorabuena. Continuará