lunes, 20 de octubre de 2008

GARZON, EL FISCAL Y LA MEMORIA HISTORICA

De EL PAIS, JOSÉ YOLDI - Madrid - 20/10/2008 : "El fiscal Javier Zaragoza ataca frontalmente esta concepción del derecho de Garzón y sostiene que los secuestros con desaparición forzosa no son delitos permanentes, porque podría darse el absurdo de que una persona condenada por ese delito y que antes de acabar de cumplir su condena se escapara de prisión, podría -dejando transcurrir el tiempo suficiente- ver extinguida su responsabilidad por prescripción de la pena, pero sin embargo, el delito seguiría vivo porque el secuestrado seguiría en paradero desconocido".

Si los secuestros con desaparición “forzosa” son (Garzón) delitos permanentes, el escapado de la prisión (fiscal) si ha desaparecido “forzosamente” seguirá siendo delito permanente. La cuestión es muy sencilla : no se confunda el fiscal…., el delito es permanente por haber sido forzoso, no ha escapado de la prisión nadie y el delito no ha prescrito, porque su fuga, la propuesta del preso que huye, no es forzosa sino por ud. traida para defender su escape.

La tesis del fiscal se concibe (yendo al meollo de la cuestión) como aquellas obras musicales magistrales (por otro lado) que los clásicos tuvieron que componer por encargo. No hay que quitarle mérito a la composición de la Heroica de Beethoven por encargo del Emperador. Garzón será todo lo que se quiera, pero en este asunto de la memoria histórica, la independencia del autor, constituye un paradigma de composición sinfónica (aunténtica, comprensiva, completiva) del derecho…quizás por no estar sujeto a encargo., sino al deber de la tutela efectiva.